Reparto de responsabilidad entre la mutua y el INSS en una incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional

STS (Sala de lo Social) 393/2026, de 16 de abril de 2026, Rec. 1952/2024. ECLI:ES:TS:2026:2060.
La sentencia aborda una cuestión de especial interés para las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social: cómo debe distribuirse la responsabilidad en el pago de una prestación de incapacidad permanente total derivada de enfermedad profesional cuando el trabajador ha estado expuesto al riesgo durante períodos con distinta cobertura de las contingencias profesionales.
El supuesto se refería a un trabajador con un período de exposición al agente causante de la enfermedad profesional que incluía una etapa en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos sin cobertura voluntaria de las contingencias profesionales. La controversia consistía en determinar sobre quién debía recaer la responsabilidad correspondiente a ese período sin aseguramiento.
El Tribunal Supremo estima el recurso y fija doctrina en el sentido de que, al distribuir la responsabilidad, debe computarse todo el período de exposición al riesgo, incluido el tiempo sin cobertura de las contingencias profesionales, y que la responsabilidad correspondiente a ese período recae en el Instituto Nacional de la Seguridad Social, reduciéndose en la parte proporcional la de las entidades aseguradoras que sí dieron cobertura.
La resolución tiene una relevancia directa para las mutuas, ya que precisa los criterios de imputación de responsabilidad en las enfermedades profesionales de larga latencia y con períodos de exposición heterogéneos, con evidente incidencia en la determinación de las cuantías a su cargo.