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Inicio/Incapacidades/Incapacidad permanente

Abogado de incapacidad permanente en Barcelona

Abogados especialistas en incapacidades laborales. Estudiamos desde el punto de vista médico y jurídico las posibilidades de éxito de tu caso

Contáctanos gratis Llámanos · 93 762 69 99
30

días para presentar la reclamación previa si el INSS te deniega la incapacidad o te reconoce un grado inferior.

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Incapacidad permanente

Primera valoración gratuita

Cuando una enfermedad o una lesión te impide seguir trabajando, lo último que necesitas es pelearte con la Seguridad Social. Como abogados especialistas en incapacidades laborales en Barcelona, te ayudamos a conseguir la pensión de incapacidad permanente que te corresponde: desde la solicitud ante el INSS hasta la reclamación previa y la demanda ante el Juzgado de lo Social si te la deniegan o te reconocen un grado inferior.

  • Si quieres solicitar una incapacidad
  • Si te han quitado o rebajado la pensión
  • Si te han denegado la incapacidad
  • Si necesitas un grado superior
  • Si quieres un grado diferente
  • Si has sufrido un accidente laboral

Qué te corresponde

Grados de incapacidad permanente

La incapacidad permanente se reconoce cuando, después del tratamiento médico, mantienes limitaciones graves y previsiblemente definitivas que reducen o anulan tu capacidad para trabajar. Existen cuatro grados:

  1. 24mensualidades

    Incapacidad permanente parcial

    Reduce al menos un 33 % tu rendimiento en tu profesión habitual, sin impedirte hacer sus tareas fundamentales. Da derecho a una indemnización única de 24 mensualidades de la base reguladora. Si buscas un abogado de incapacidad permanente parcial en Barcelona, valoramos si tus limitaciones justifican este grado o uno superior.

  2. 55 %de la base reguladora

    Incapacidad permanente total

    Te impide realizar tu profesión habitual, aunque puedas dedicarte a otra distinta. Da derecho a una pensión vitalicia del 55 % de la base reguladora. Es el grado que más reclamamos: nuestros abogados de incapacidad permanente total en Barcelona preparan el caso con informes médicos sólidos.

  3. 75 %de la base reguladora

    Incapacidad total cualificada a partir de los 55 años

    Si tienes 55 años o más y te resulta difícil encontrar un empleo distinto al habitual, la pensión de incapacidad total puede incrementarse un 20 %, hasta el 75 % de la base reguladora, mientras no trabajes.

  4. 100 %de la base reguladora

    Incapacidad permanente absoluta

    Te impide realizar cualquier profesión u oficio. Da derecho a una pensión del 100 % de la base reguladora.

  5. 100 % +complemento

    Gran invalidez

    Además de la incapacidad absoluta, necesitas la ayuda de otra persona para los actos básicos de la vida diaria. Da derecho a la pensión de incapacidad absoluta más un complemento.

Recurso contra el INSS

Incapacidad permanente denegada: reclamación previa y demanda

Si el INSS te ha denegado la incapacidad permanente o te ha reconocido un grado inferior al que te corresponde, todavía puedes reclamarla. Muchas incapacidades se reconocen en vía judicial. Así funciona el recurso contra la resolución del INSS en Barcelona:

  1. 1
    30 días

    Reclamación previa ante el INSS

    El primer paso es presentar una reclamación previa ante el INSS en el plazo de 30 días desde la notificación de la resolución. Preparamos la reclamación con argumentos médicos y jurídicos.

  2. 2
    30 días

    Demanda ante el Juzgado de lo Social

    Si el INSS desestima la reclamación previa, en los 30 días siguientes presentamos la demanda de incapacidad permanente ante el Juzgado de lo Social de Barcelona. En el juicio son decisivos los informes médicos y, a menudo, un informe pericial.

  3. 3

    Revisión del grado de incapacidad

    Si tus lesiones han empeorado, puedes pedir la revisión del grado de incapacidad para pasar, por ejemplo, de total a absoluta. El INSS también puede revisarlo por mejoría; si lo rebaja o te retira la pensión, también se puede reclamar.

Situaciones que vemos a menudo

Casos frecuentes de incapacidad permanente

Incapacidad permanente por ansiedad o depresión

Las enfermedades psiquiátricas, como la depresión mayor o los trastornos de ansiedad graves, pueden dar lugar a una incapacidad permanente si son crónicas y limitan de forma importante tu capacidad para trabajar. La clave está en los informes del psiquiatra y en el historial de tratamiento.

Incapacidad permanente tras un accidente laboral

Si la incapacidad deriva de un accidente de trabajo, no se exige un periodo mínimo de cotización y la base reguladora suele ser más favorable. Además, si el accidente se produjo por falta de medidas de seguridad, puede reclamarse un recargo de prestaciones y una indemnización por daños. Consulta nuestra página de accidentes de trabajo.

Lo que hacemos por ti

¿Qué incluyen nuestros servicios?

  • Redacción, presentación y seguimiento de la reclamación previa ante la Seguridad Social.

  • Defensa legal como tus abogados ante los tribunales, redactando y presentando la demanda judicial de reconocimiento del grado de incapacidad correspondiente.

  • Resolución de dudas y consultas sobre el asunto que surjan durante el proceso.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes sobre la incapacidad permanente

¿No encuentras tu duda? Cuéntanos tu caso y te respondemos.

Contáctanos gratis

¿Qué grados de incapacidad permanente existen?

Parcial, total, absoluta y gran invalidez. El grado depende de cuánto reducen tus lesiones la capacidad para trabajar: en tu profesión habitual (parcial y total), en cualquier trabajo (absoluta) o si además necesitas ayuda de otra persona para las actividades básicas de la vida (gran invalidez).

¿Cuánto se cobra por una incapacidad permanente?

La parcial da derecho a una indemnización de 24 mensualidades de la base reguladora; la total, a una pensión del 55 % de la base reguladora (que puede incrementarse un 20 % a partir de los 55 años); la absoluta, al 100 %; y la gran invalidez, al 100 % más un complemento.

¿Cómo se solicita?

Ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que la valora a través del Equipo de Valoración de Incapacidades. También puede iniciarse de oficio al agotar la incapacidad temporal.

Me han denegado la incapacidad permanente, ¿qué puedo hacer?

Presentar una reclamación previa ante el INSS en el plazo de 30 días y, si se desestima, una demanda ante el Juzgado de lo Social. Muchas incapacidades se reconocen en vía judicial con un buen informe médico y una buena defensa.

¿Puedo trabajar si tengo reconocida una incapacidad permanente?

Con la incapacidad total puedes trabajar en una profesión distinta a la habitual. En la absoluta y la gran invalidez la compatibilidad es muy limitada. Conviene consultarlo antes de aceptar un trabajo.

¿Se puede revisar el grado reconocido?

Sí. El grado puede revisarse por agravación o por mejoría de las lesiones, a petición del trabajador o del INSS, dentro de los plazos que fija la resolución.

Valoramos gratis y sin compromiso tu caso

Deja tu tranquilidad en nuestras manos.

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