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Despido disciplinario, teoría gradualista y vulneración de la política de ciberseguridad de la empresa

Noticias 1 min de lectura Actualizado el 16/10/2026

Por Rodrigo Valls Segura · Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social · Socio director · Colegiado n.º 45.352 del ICAB

  1. STS (Sala de lo Social) 406/2026, de 16 de abril de 2026, Rec. 323/2025. ECLI:ES:TS:2026:1807.

La sentencia se pronuncia sobre la procedencia de un despido disciplinario impuesto a un trabajador por conductas de deslealtad y fraude, así como por la vulneración de la política de ciberseguridad de la empresa, y sobre la posible aplicación de la denominada teoría gradualista.

La teoría gradualista exige que la sanción impuesta guarde proporción con la gravedad de la conducta, de modo que el despido, como sanción máxima, quede reservado para los incumplimientos más graves y culpables. El trabajador sostenía que su conducta no alcanzaba la gravedad necesaria para justificar la extinción del contrato.

El Tribunal Supremo desestima el recurso del trabajador y confirma la procedencia del despido. La Sala considera acreditadas conductas de especial gravedad, incompatibles con la buena fe contractual, y descarta la aplicación de la teoría gradualista, al entender que la entidad de los incumplimientos justifica plenamente la sanción extintiva. Rechaza, asimismo, la contradicción con la sentencia de contraste invocada.

La resolución resulta de interés práctico para la gestión disciplinaria en las empresas, especialmente en un contexto de creciente digitalización, al confirmar que la vulneración de las políticas internas de ciberseguridad, unida a conductas fraudulentas, puede justificar un despido procedente.

 

Sobre el autor: Rodrigo Valls Segura

Rodrigo Valls Segura es abogado especialista en Derecho Laboral & Seguridad Social y socio director de JDV Abogados. Miembro del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), con número de colegiación 45.352.

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