Despidos Disciplinarios

ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DESPIDOS DISCIPLINARIOS
SI TE HAN DESPEDIDO DE MANERA INJUSTA O LA EMPRESA NO HA RESPETADO TUS DERECHOS, NO TE CONFORMES

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Mediante las sanciones disciplinarias una empresa está facultada para llamar la atención a los trabajadores y corregir conductas incorrectas. Las sanciones pueden ser leves, graves o muy graves.

En muchas ocasiones la empresa hace uso de este mecanismo (despido disciplinario) para encubrir un despido improcedente, y así no tener que indemnizar al trabajador. La empresa está obligada a comunicar al trabajador la decisión mediante documento escrito que exponga y acredite los motivos que justifican el despido objetivo. Ante un despido objetivo el trabajador despedido tiene derecho a una indemnización de 20 días por año trabajado.

La empresa está obligada a comunicar el despido disciplinario mediante carta escrita exponiendo detallada y justificadamente los hechos que motivan el despido, así como la fecha en la que el despido surgirá efectos.

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    Causas de despido disciplinario

    Los incumplimientos graves que se prevén en el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores como causas de despido disciplinario son las siguientes

    • Faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
    • Indisciplina o desobediencia en el trabajo.
    • Ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
    • Transgresión de la buena fe contractual y el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
    • Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
    • Embriaguez habitual o toxicomanía si afectan negativamente en el trabajo.
    • Acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a los compañeros de trabajo.
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    Me han despedido ¿Y ahora qué?

    Lo primero de todo te recomendamos contactes con un abogado experto en despidos quién te asesorará de tus opciones y la viabilidad de cualquier reclamación. No sólo se analizarán si los motivos de la empresa están debidamente justificados. También se revisará el contrato de trabajo y posibles incumplimientos con el Convenio aplicable, entre otros). 

    Es importante tener presente que el plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde que te comunicarán el despido.

    Analizada la viabilidad de la reclamación lo primero que debe hacerse es redactar y presentar la reclamación administrativa (comúnmente conocida como papeleta de conciliación) ante el CEMAC.

    En el supuesto de no alcanzar un acuerdo entre la empresa y el trabajador se deberá interponer demanda judicial por despido improcedente ante el Juzgado de lo Social donde se celebrará un juicio y el Juez dictará sentencia declarando la procedencia o improcedencia del despido.

    En JDV Abogados somos abogados expertos en reclamación de despidos disciplinarios en Barcelona. Si te han despedido de manera injusta o la empresa no ha respetado tus derechos, no te conformes. Deja tu tranquilidad en nuestras manos.

    Garantizamos tus derechos como trabajador

    Si el despido es declarado improcedente la empresa tiene 5 días para optar entre:

    • Pagar a la persona trabajadora una indemnización de 33 días por año de trabajo, con un límite máximo de 720 días de salario (hasta el 12/02/2012, 45 días por año de servicio, con un límite máximo de 42 mensualidades de salario).
    • Readmitir a la persona trabajadora en su mismo puesto de trabajo y pagarle los salarios de tramitación devengados desde el despido hasta la sentencia judicial.

    * Para el supuesto de que persona trabajadora fuera representante legal de los trabajadores, será la propia trabajadora quién podrá optar en percibir una indemnización o ser readmitida.

    Si a pesar de que la empresa ha optado por la readmisión de forma expresa o tácita, la propia empresa no readmite al trabajador, entonces el propio trabajador deberá instar la ejecución de la sentencia a fin de que el Juzgado conocedor del procedimiento dicte Auto declarando la extinción de la relación laboral, y condenando a la empresa a pagar al trabajador la indemnización por despido improcedente más los salarios de tramitación devengados.

    ¿Cuáles son nuestros Honorarios Profesionales?
    • Acuerdo en fase administrativa (CEMAC)

    En caso de acuerdo por conciliación cobramos 150€ + 10% de la indemnización percibida.

    • Reclamación en vía judicial

    En caso de reclamación judicial cobramos 300€ + 15% de la indemnización percibida.

    ¿Qué incluyen nuestros servicios?

    • Redacción y presentación de la papeleta de conciliación ante el CMAC y asistencia al acto de conciliación para negociar una indemnización justa.
    • Negociaciones con los abogados de la empresa.
    • Defensa legal como sus abogados ante los tribunales, redactando y presentando demanda judicial de reclamación de despido ante la jurisdicción social.
    • Resolución de dudas y consultas sobre el asunto que surjan durante el proceso.
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