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La contracción del empleo doméstico en noviembre de 2025 y el reto jurídico-laboral de su regulación

La contracción del empleo doméstico

En noviembre de 2025, los datos de la Encuesta de Población Activa (EPA) han vuelto a poner el dedo en la llaga: el empleo doméstico en España sigue retrocediendo con fuerza, en un contexto general de expansión del mercado laboral. Según varias fuentes han desaparecido casi 53.000 empleadas del hogar, un fenómeno que debe interpretarse no únicamente desde la estadística, sino desde las profundas disfunciones jurídicas y laborales que persisten en este sector altamente feminizado y vulnerable.

Este retroceso en el empleo doméstico plantea varias preguntas jurídicas relevantes: ¿refleja una mejora de las condiciones laborales o un desplazamiento hacia la informalidad? ¿Está la regulación laboral vigente adaptada para proteger verdaderamente a estas trabajadoras? ¿Qué soluciones pueden y deben adoptarse para corregir lo que, a todas luces, es una anomalía estructural?

Para empezar, hay que reconocer que el descenso del empleo doméstico no necesariamente significa automatismos positivos: varias expertas aluden a un posible aumento del trabajo “en B”, es decir, no declarado, cuando las condiciones legales mejoran —por ejemplo, tras las reformas en materia de salario mínimo o de prevención de riesgos—. Este es un fenómeno perverso: las medidas protectoras, en lugar de consolidar derechos, pueden empujar a los empleadores menos escrupulosos a ocultar relaciones laborales para evitar cargas económicas o sanciones.

Más aún, las propias organizaciones de trabajadoras domésticas señalan que el coste de la formalización —no solo en términos salariales, sino también en obligaciones de prevención de riesgos laborales— puede desincentivar contrataciones legales. Por ejemplo, la reciente reforma que exige la prevención de riesgos laborales en el servicio doméstico es esencial desde un punto de vista social, pero difícil de inspeccionar, especialmente cuando el trabajo se presta en el hogar del empleador. Esto abre un evidente vacío regulatorio desde la perspectiva inspectora: la Constitución reconoce la inviolabilidad del domicilio, lo que limita la capacidad de la Inspección de Trabajo para acceder a viviendas privadas y controlar cumplimiento normativo.

Este conflicto brilla con luz propia en las mujeres migrantes que desempeñan estas tareas. Muchas, trabajando en situación irregular, afrontan jornadas extenuantes, condiciones de explotación y una precariedad estructural difícil de abordar. El marco jurídico-laboral español ha avanzado importantes pasos para mejorar sus derechos: obligación de contratación formal, registro, prevención de riesgos, salarios mínimos, entre otros.

Desde una perspectiva de opinión, consideramos que ha llegado el momento de redoblar esfuerzos legislativos e institucionales para hacer operativas estas protecciones. No basta con legislar; es preciso garantizar cumplimiento efectivo. Algunas propuestas concretas podrían ser:

  1. Facilitar la inspección en el ámbito doméstico, mediante mecanismos menos invasivos pero efectivos, por ejemplo inspecciones sorpresivas con protocolos que respeten la intimidad, o herramientas de denuncia simplificadas para las trabajadoras.
  2. Subvenciones o incentivos para formalizar relaciones laborales, destinados a las familias empleadoras, de modo que el sobrecoste no desincentive la contratación legal. Esto podría incluir bonificaciones fiscales o ayudas directas para que las familias puedan asumir las obligaciones laborales sin recurrir al empleo sumergido.
  3. Programa de formación y empoderamiento para las trabajadoras, especialmente para inmigrantes, que combine la regularización de su situación con formación en derechos laborales, salud laboral, prevención de riesgos, y organización colectiva.
  4. Colaboración con entidades sociales y sindicales para reforzar la representación y voz de estas trabajadoras, de modo que puedan exigir contratos, denunciar vulneraciones y negociar condiciones desde una posición más igualitaria.

Desde el punto de vista del Derecho del Trabajo, este no puede seguir siendo un espacio terciarizado o marginado: el empleo doméstico exige una regulación robusta, sí, pero también una cultura de cumplimiento y de dignidad laboral. Cuando un sector tan crucial para el bienestar social —el cuidado, la ayuda en el hogar— está en declive, no por falta de demanda sino por condiciones laborales inadecuadas, el problema deja de ser solo económico para convertirse en una obligación ética y jurídica del Estado.

La caída en el empleo doméstico en noviembre de 2025 no es un simple dato estadístico: es la manifestación palpable del desfase entre las buenas intenciones normativas y la realidad vivida por miles de trabajadoras. Para corregirlo, no basta con normas en papel. Se necesita voluntad política, recursos y, sobre todo, un compromiso serio con quienes sostienen servicios fundamentales para nuestra convivencia social.

En definitiva, la contracción del empleo doméstico nos interpela como sociedad: ¿queremos que este sector sea un reducto de precariedad permitido por la legalidad, o lo convertiremos, de una vez por todas, en un empleo digno, protegido y valorado como merece? Desde el ámbito jurídico-laboral, no cabe la ambigüedad.