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¿Hay derecho a indemnización al ser despedido en el trabajo?

Blog 5 min de lectura Actualizado el 16/10/2026

Por Rodrigo Valls Segura · Abogado especialista en Derecho Laboral y Seguridad Social · Socio director · Colegiado n.º 45.352 del ICAB

Si te acaban de despedir, la pregunta es inmediata: ¿me tienen que pagar algo? La respuesta depende sobre todo del tipo de despido y de si es legal o no. No es lo mismo un despido disciplinario que uno por causas objetivas, ni uno que el juez declara improcedente que uno nulo.

En Abogados Despidos JDV te explicamos a qué tienes derecho en cada caso, cuánto es la indemnización según la ley y qué debes hacer en los primeros días, que son decisivos.

A qué tienes derecho siempre que te despiden

Con independencia del tipo de despido, hay tres cosas que te corresponden:

  • El finiquito: el salario de los días trabajados ese mes, las vacaciones no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra. No es una indemnización, es dinero que ya habías ganado.
  • La prestación por desempleo (el paro): el despido, sea del tipo que sea, te coloca en situación legal de desempleo. Para cobrarlo debes cumplir los requisitos de cotización.
  • El derecho a reclamar: tienes 20 días hábiles para impugnar el despido, empezando por la papeleta de conciliación ante el CMAC.

La indemnización, en cambio, depende del tipo de despido.

Indemnización según el tipo de despido

Despido improcedente: 33 días por año

Es improcedente cuando la empresa no puede probar la causa, la causa no es suficientemente grave o no ha cumplido los requisitos formales. La empresa elige entre readmitirte o pagarte una indemnización de 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades (artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores). Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, la parte anterior a esa fecha se calcula a 45 días por año. Te lo contamos con más detalle en nuestra página sobre la improcedencia del despido.

Despido objetivo: 20 días por año

El despido objetivo se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, o en otras causas previstas en la ley, como la ineptitud sobrevenida (por ejemplo, ser declarado «no apto» en un reconocimiento médico) o la falta de adaptación a cambios técnicos. Da derecho a 20 días de salario por año, con un máximo de 12 mensualidades, que la empresa debe poner a tu disposición al entregarte la carta, junto con un preaviso de 15 días o su abono. Si el juez declara el despido objetivo improcedente, la indemnización pasa a ser la de 33 días.

Despido colectivo (ERE)

El despido colectivo afecta a un número mínimo de trabajadores en un periodo de 90 días y requiere un periodo de consultas con los representantes. La ley fija una indemnización mínima de 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades, aunque en la negociación es frecuente pactar cantidades superiores. No hay que confundirlo con el ERTE, que suspende el contrato o reduce la jornada temporalmente, pero no lo extingue.

Despido disciplinario

El despido disciplinario se basa en un incumplimiento grave y culpable del trabajador: faltas de asistencia, desobediencia, ofensas, transgresión de la buena fe o comportamientos de acoso laboral, entre otros. Si se declara procedente, no hay indemnización. Si la empresa no lo prueba, se declara improcedente y te corresponden los 33 días por año.

Despido nulo: readmisión

El despido nulo es el que vulnera derechos fundamentales, es discriminatorio o se produce en situaciones especialmente protegidas, como el embarazo, la reducción de jornada por cuidado de hijos o como represalia por reclamar. En lugar de una indemnización tasada, la consecuencia es la readmisión inmediata y el pago de los salarios dejados de percibir. Además, cuando se vulnera un derecho fundamental, se puede reclamar una indemnización por daños morales.

¿Qué son los salarios de tramitación?

Son los salarios que dejaste de cobrar desde el despido hasta la sentencia. Se pagan siempre que el despido sea nulo. Si es improcedente, solo se pagan cuando la empresa opta por readmitirte (si eres representante de los trabajadores, se pagan en cualquier caso). Si la empresa elige pagar la indemnización, no hay salarios de tramitación. Por eso, en un despido improcedente, la decisión entre readmitir o indemnizar suele tomarla la empresa haciendo números.

Otros casos con indemnización

  • Fin de un contrato temporal: 12 días de salario por año trabajado.
  • Si eres tú quien pide la extinción porque la empresa incumple gravemente (impago o retrasos continuados del salario, cambios sustanciales que atentan contra tu dignidad, acoso…): el juez puede extinguir el contrato con la indemnización del despido improcedente (artículo 50 del Estatuto).

Un ejemplo de cálculo

Imaginemos un trabajador con un salario bruto anual de 30.000 euros, pagas extra incluidas, y cinco años de antigüedad, todos posteriores a 2012. Su salario diario es de unos 82,19 euros (30.000 entre 365).

  • Despido improcedente: 33 días × 5 años = 165 días, unos 13.561 euros.
  • Despido objetivo procedente: 20 días × 5 años = 100 días, unos 8.219 euros.

Es un ejemplo orientativo: en la práctica se calcula con el salario real que figura en tus nóminas y con la antigüedad exacta, incluidos meses y días.

¿Va a cambiar la indemnización por despido?

Hay un debate abierto sobre la reforma del despido y el Consejo de Europa ha pedido a España que revise el sistema, pero a día de hoy no se ha aprobado ningún cambio. Las cuantías siguen siendo las que fija el Estatuto de los Trabajadores.

Qué hacer si te despiden

  1. Firma la carta como «recibí, no conforme».
  2. No firmes el finiquito como conforme sin revisarlo.
  3. Guarda la carta, tus nóminas y tu contrato.
  4. Pide asesoramiento cuanto antes: el plazo de 20 días hábiles es de caducidad y no se puede ampliar.

Preguntas frecuentes

Si me despiden, ¿a qué tengo derecho?

Siempre al finiquito y a solicitar el paro si cumples los requisitos. La indemnización depende del tipo de despido y de si es procedente, improcedente o nulo.

¿El despido procedente tiene indemnización?

Si es disciplinario procedente, no. Si es objetivo procedente, sí: 20 días por año con un máximo de 12 mensualidades.

¿Qué indemnización corresponde si me despiden por no ser apto en el reconocimiento médico?

Suele tramitarse como despido objetivo por ineptitud sobrevenida, con 20 días por año. Conviene revisarlo: si no se cumplen los requisitos, puede ser improcedente o incluso nulo.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar la indemnización?

Para impugnar el despido, 20 días hábiles desde la fecha de efectos.

Si te han despedido y quieres saber si te corresponde indemnización y cuánto, llámanos al 93 762 69 99 o escríbenos desde contacto. Estudiaremos tu caso.

Sobre el autor: Rodrigo Valls Segura

Rodrigo Valls Segura es abogado especialista en Derecho Laboral & Seguridad Social y socio director de JDV Abogados. Miembro del Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB), con número de colegiación 45.352.

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Abogados y graduados sociales especializados en Derecho Laboral y Seguridad Social. Desde 1986 defendemos únicamente a trabajadores en Barcelona, Girona y Pineda de Mar.

Este artículo tiene carácter informativo y no sustituye el asesoramiento de un abogado. Cada caso es distinto: si tienes dudas, consúltanos.

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